El acuerdo incorpora un régimen progresivo de jornales asegurados, mejoras económicas y procedimientos para resolver diferencias laborales. Su vigencia se extiende hasta el 30 de setiembre de 2031.
Terminal Cuenca del Plata y el Sindicato Único de Portuarios y Ramas Afines (SUPRA) firmaron el 7 de octubre el convenio colectivo que cierra el prolongado conflicto laboral en la terminal de contenedores del puerto de Montevideo. Tras la firma, los ministerios de Trabajo y de Transporte dejaron sin efecto los servicios mínimos establecidos durante el diferendo.
El convenio rige desde el 1.º de octubre de 2026 hasta el 30 de setiembre de 2031. Para la actividad exportadora e importadora, el entendimiento establece un marco de previsibilidad operativa, acompañado de compromisos laborales y mecanismos de negociación.
Jornales asegurados y beneficios económicos
Desde octubre, los trabajadores que tenían 13 y 15 jornales asegurados pasan a contar con 17, mientras que quienes disponían de 18 pasan a 19. A partir del 1.º de enero de 2027, quienes tenían 20 accederán a 21 jornales asegurados.
El régimen contempla posteriores avances entre franjas, sujetos a las condiciones del convenio. El acceso a 22 jornales queda reservado a quienes contaban con 20 al momento de la firma. Para nuevas contrataciones se establece un mínimo de 13, con posibilidades de progresión según antigüedad y otros criterios acordados.
Entre las mejoras económicas figura una gratificación extraordinaria de $ 38.750 líquidos para el personal sin cargos gerenciales, que deberá abonarse dentro de los primeros 15 días de octubre. También se acordaron incrementos y compensaciones para distintas categorías, un aumento del 10% en los tickets de alimentación para el personal comprendido y una partida complementaria del salario vacacional de $ 20.000 líquidos entre 2027 y 2031.
Continuidad operativa y resolución de diferencias
El acuerdo prevé guardias operativas durante las asambleas sindicales y determinadas dotaciones para domingos y feriados. Incorpora además una cláusula de paz vinculada con las materias comprendidas en el convenio, con excepciones para las paralizaciones generales convocadas por el PIT-CNT o el SUPRA.
Ante nuevos diferendos, las partes deberán transitar los procedimientos de prevención y negociación establecidos antes de adoptar medidas. Estos mecanismos buscan encauzar las diferencias mediante instancias bipartitas y la intervención de la Dirección Nacional de Trabajo.
Tecnología y organización del trabajo
Una mesa técnica abordará la incorporación de nuevas tecnologías. Los sistemas de control del personal, como GPS, cámaras o algoritmos, deberán comunicarse previamente al sindicato bajo criterios de transparencia.
Para las cadenas forestales y otras actividades que utilizan el puerto, la continuidad de los servicios resulta relevante para coordinar transporte, almacenamiento y embarques. El convenio ofrece instrumentos para reducir la incertidumbre laboral; su aplicación y seguimiento serán determinantes para sostener ese objetivo.
Fuentes principales: Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. (2026, 7 de octubre). → TCP y SUPRA firmaron convenio colectivo con vigencia de cinco años. Diario La-R. (2026, 8 de octubre). → TCP: convenio por cinco años pone fin al conflicto y gobierno levanta los servicios mínimos.
ICI Forestal – Elaboración propia a partir de información oficial y del texto periodístico proporcionado.
